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- Agencia Estatal de Administración Tributaria. AEAT
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En el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, modelo que podrá ser utilizado por los trabajadores por cuenta ajena interesados en anticipar los efectos del cambio de residencia en la aplicación del sistema de retenciones. La comunicación tiene por objeto la obtención de un documento acreditativo expedido por la Administración tributaria para su entrega a los pagadores de los rendimientos del trabajo, en los términos previstos en el apartado séptimo de la presente Orden. Estos pagadores han de ser residentes o con establecimiento permanente en España.
En el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, modelo que podrá ser utilizado por los pensionistas que tengan dos o más pagadores para acogerse al procedimiento especial, cuyo objetivo fundamental consiste en lograr que el importe total de las retenciones e ingresos a cuenta sobre las pensiones y haberes pasivos procedentes de más de un pagador soportados por los contribuyentes que se acojan al mismo, coincida con el que hubieran soportado de haber procedido los citados rendimientos de un solo pagador.
Modelo 554. Impuestos Especiales (II. EE.): cumplimiento de requisitos formales para la presentación de declaraciones de operaciones en fábricas y depósitos fiscales de alcohol.
En el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, modelo para realizar comunicación de datos al pagador de rendimientos del trabajo o de la variación de los datos previamente comunicados. No requiere presentación ante la Administración Tributaria, no obstante, el pagador deberá conservar copia a disposición de la Administración tributaria.
Modelo 555. Impuestos Especiales (II. EE.): cumplimiento de requisitos formales para la presentación de declaraciones de operaciones en fábricas y depósitos fiscales de productos intermedios.