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Establecer la sujeción al Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, al Impuesto sobre la Renta de no residentes y al Impuesto de Sociedades de los premios de las loterías y apuestas organizadas por la Sociedad Estatal Loterías y Apuestas del Estado y otros órganos tanto nacionales como de otros Estados miembros de la Unión Europea o del Espacio Económico Europeo y que hasta ahora estaban exentos
Grava la producción de combustible nuclear gastado y residuos radioactivos resultantes de la generación de energía nuclear.
Grava el almacenamiento de combustible nuclear y residuos radioactivos en instalaciones centralizadas.
El procedimiento de verificación de datos tiene por objeto la aclaración o justificación de las discrepancias observadas en las solicitudes de reconocimiento previo de las exenciones presentadas por el obligado tributario o de los datos relativos a las mismas.
Procedimiento amistoso competencia de la AEAT. | Código SIA: 203507
Tras la reforma del Real Decreto 1794/2008, de 3 de noviembre, Reglamento de Procedimientos Amistosos en materia de imposición directa, con efectos a partir de 1 de enero de 2016, la AEAT asume la condición de autoridad competente en determinados procedimientos amistosos (artículo 2.b). En concreto es competencia de la AEAT los procedimientos amistosos relativos a los beneficios empresariales (habitualmente, artículo 7) y a las empresas asociadas (habitualmente, artículo 9) de los Convenios para evitar la Doble Imposición que resulten aplicables, ya se haya instado en virtud del Convenio para evitar la Doble Imposición respectivo o en virtud de los mecanismos de resolución de aquellos litigios a que se refiere la Directiva (UE) 2017/1852 del Consejo, de 10 de octubre de 2017, relativa a los mecanismos de resolución de litigios fiscales en la Unión Europea, o cuando la petición se base en el Convenio de Arbitraje europeo