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Procedimiento de comunicación por las entidades financieras depositarias de bienes muebles y saldos abandonados
Incorporación al patrimonio de la AGE de los valores, dinero y demás bienes muebles depositados en cualquier tipo de entidad financiera respecto de los cuales no se haya practicado gestión alguna por los interesados que implique el ejercicio de su derecho de propiedad en el plazo de 20 años
Órgano Responsable: Dirección General del Patrimonio del Estado
Materia: Patrimonio
Código SIA: 994615
- RESYDA permite la comunicación por las entidades financieras de la relación de valores, dinero y demás bienes muebles en ellas depositados y en situación de abandono, según Orden Ministerial ORDEN EHA 3291/2008, de 7 de noviembre.
- Esta comunicación se realiza cumplimentando el formulario adecuado para cada tipo de bien incurso en abandono, existiendo la posibilidad de cumplimentar dichos datos desde un fichero externo en formato XML. Indicamos a continuación los enlaces a los distintos esquemas de intercambio de ficheros:
- Es preciso firmar electrónicamente el formulario antes de proceder a su registro electrónico. El formulario se registra en el Registro electrónico del Ministerio de Hacienda.
- Para firmar electrónicamente el formulario debe utilizar un certificado electrónico reconocido y tener instalada la aplicación Autofirma, que puede descargarse en: https://firmaelectronica.gob.es/Home/Descargas.html
- Una vez registrado, RESYDA mostrará el correspondiente acuse de recibo el cual puede guardarse como fichero pdf y/o imprimirse.
Para cualquier consulta relativa a este Servicio Electrónico ofrecido por la Dirección General de Patrimonio puede contactar con: sgpatrimonio.secretaria@hacienda.gob.es
Para cualquier tipo de consulta sobre RESYDA: resyda@hacienda.gob.es
Para incidencias técnicas que afecten al REC puede contactar con: http://administracion.gob.es/pag_Home/atencionCiudadana/ayudame/telefono.html