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    Junta Arbitral del Concierto Económico con la Comunidad Autónoma del País Vasco

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Planteamiento de conflicto ante la Junta Arbitral del Concierto Económico del País Vasco

El procedimiento ante la Junta Arbitral se inicia mediante el planteamiento del conflicto o discrepancia por la Administración del Estado, por las Diputaciones Forales, por una Comunidad Autónoma, por la Comisión de Coordinación y Evaluación Normativa prevista en el Concierto Económico o a instancias del obligado tributario. La Junta Arbitral resolverá conforme a derecho, de acuerdo con los principios de economía, celeridad y eficacia, todas las cuestiones que ofrezca el expediente, hayan sido o no planteadas por las partes o los interesados en el conflicto, incluidas las fórmulas de ejecución. Los acuerdos de esta Junta Arbitral, sin perjuicio de su carácter ejecutivo, serán únicamente susceptibles de recurso en vía contencioso-administrativa ante la Sala correspondiente del Tribunal Supremo.

Órgano Responsable: Junta Arbitral del Concierto Económico con la Comunidad Autónoma del País Vasco

Materia: Impuestos

Código SIA: 3013923

Para más información puede consultar la información de detalle del procedimiento administrativo en la página del portal institucional del Ministerio.​