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Junta Arbitral del Concierto Económico con el País Vasco

La Junta Arbitral del Concierto Económico es un órgano de deliberación y resolución de los conflictos que se susciten entre la Administración Tributaria del Estado y las Diputaciones Forales, o entre éstas y la Administración de cualquier Comunidad Autónoma en materia tributaria:

  1. La aplicación de los puntos de conexión de los tributos concertados. El denominado "punto de conexión" es el criterio por el cual el Concierto Económico determina qué normativa es de aplicación, común o foral, y cuál es la administración a la que se le atribuye el rendimiento o la competencia exactora de un determinado tributo concertado.
  2. La determinación de la proporción correspondiente a cada Administración en los supuestos de tributación conjunta por el Impuesto sobre Sociedades o por el Impuesto sobre el Valor Añadido. El Concierto Económico determina los casos en los que la empresa debe tributar exclusivamente a una administración y los casos que debe tributar compartidamente al País Vasco y al resto del territorio español. En este segundo supuesto se establecen reglas para fijar qué porcentaje de la deuda debe ingresarse en cada territorio.
  3. La interpretación y aplicación del Concierto Económico con la Comunidad Autónoma del País Vasco a casos concretos concernientes a relaciones tributarias individuales.
  4. Las discrepancias acerca de la domiciliación de los contribuyentes