aún puede mejorar sus resultados usando más criterios
- Impuestos
Mejore su búsqueda
Hemos encontrado más categorías relacionadas con su búsqueda. Utilícelas para mejorarla.
Resultado: 533 Servicios Electrónicos
Consultas tributarias escritas | Código SIA: 991962
Contestación a las consultas formuladas por los obligados respecto al régimen, la clasificación o la calificación tributaria que en cada caso les corresponda
Aportación de documentación solicitada en visita de Inspección | Código SIA: 2410115
Procedimiento para aportar de forma telemática la documentación solicitada en el curso de una visita de la Inspección, dentro del desarrollo de sus actuaciones.
Ayudas directas a empresas y profesionales especialmente afectados por la DANA | Código SIA: 3156693
Se establece un sistema de ayudas directas, correspondiente al ejercicio 2024, para los obligados tributarios, empresarios o profesionales, que a 28 de octubre de 2024 tuvieran declarado su domicilio fiscal en cualquiera de los municipios, o áreas de los mismos, comprendidos en la «Zona afectada gravemente por una emergencia de protección civil» declarada por Acuerdo del Consejo de Ministros de 5 de noviembre de 2024.
Modelo 379. Declaración informativa sobre pagos transfronterizos | Código SIA: 3036670
Nueva declaración informativa sobre pagos transfronterizos, aplicable a partir del 1 de enero de 2024. Desde ese momento, los proveedores de servicios de pago que estén establecidos en la Unión Europea u ofrezcan servicios de pago en ella deberán mantener determinados registros de pagos transfronterizos procedentes de pagadores de los Estados miembros y determinada información sobre los beneficiarios, y transmitir esos registros a los Estados miembros en aras de la lucha contra el fraude en el impuesto sobre el valor añadido (IVA).
Nueva obligación informativa sobre determinados mecanismos de planificación fiscal en el ámbito del Acuerdo Multilateral entre Autoridades Competentes (AMAC) sobre intercambio automático relativo a los mecanismos de elusión del estándar común de comunicación de información y las estructuras extraterritoriales opacas. Los obligados tributarios interesados estarán obligados a presentar la declaración a la Administración tributaria española competente cuando residan fiscalmente en España siempre que no exista intermediario obligado a la presentación de la declaración en una jurisdicción respecto de la que haya surtido efectos el Acuerdo multilateral citado.