Contestación a las consultas formuladas por los obligados respecto al régimen, la clasificación o la calificación tributaria que en cada caso les corresponda
Lea detenidamente estas instrucciones y sígalas paso a paso, como paso previo a "IR AL PROCEDIMIENTO"
- Descargar el formulario de datos complementarios específicos ModeloCT (PDF, aprox. 872 KB).
- Rellenar dicho formulario según las instrucciones autocontenidas en el mismo. Se requiere Acrobat Reader 9.1 o superior o compatible.
- La forma de presentación en el registro electrónico será conforme a lo que se establece en el artículo 16.4.a) de la citada Ley 39/2015.
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Los accesos a este servicio se realizan utilizando un canal seguro de comunicación, y como requisito indispensable deberá identificarse mediante uno de los métodos puestos a disposición por el servicio Cl@ve: Cl@ve PIN, Cl@ve Permanente o Certificado Electrónico.
Información sobre Cl@ve. Si lo desea puede consultar las
especificaciones técnicas completas.
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Instrucciones especificas para cumplimentar el formulario de presentación de escritos de propósito general para las consultas tributarias (PDF, aprox 325 KB).
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Rellene el formulario de presentación de escritos de propósito general (Botón "
IR AL PROCEDIMIENTO") adjuntando el formulario especifico ModeloCT (previamente rellenado y guardado), junto al resto de ficheros y documentación adicional que desea aportar.
Si en un momento posterior a la presentación de la consulta tributaria, el interesado, por iniciativa propia o en trámite de subsanación, debiese aportar documentación complementaria omitida en la presentación de dicho formulario, lo podrá hacer también por vía electrónica (únicamente por esta vía para los obligados a los que se refiere el artículo 14.2 de la ley 39/2015), utilizando el formulario genérico de este Ministerio.
Siempre que se realice la presentación complementaria de documentos electrónicos separadamente al formulario principal, el interesado deberá mencionar el número o código de registro individualizado proporcionado en la iniciación del procedimiento de consultas tributarias, o cualquier otra información o datos que permitan identificar unívocamente el formulario inicial que da comienzo al expediente administrativo de contestación de dicha consulta tributaria.
Para cualquier tipo de consulta técnica o del contenido del sitio:
gestion.sede@hacienda.gob.es.